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Cuánto cobra una inmobiliaria por vender tu casa en CABA

En la Ciudad la comisión se pacta libremente. Cuánto se cobra en la práctica, si lleva IVA, cuándo se paga y qué tiene que decir la autorización.

Actualizada el 30 de octubre de 2026. Se lee en 6 minutos.

En corto

  • En la Ciudad, la comisión de una venta se pacta libremente: la Ley 2340 no fija un porcentaje ni un tope.
  • Según notas de 2025 y 2026, el vendedor paga entre el 1% y el 3% más IVA, y el comprador entre el 3% y el 5%.
  • Si el corredor está inscripto en el IVA, a la comisión se le suma el 21%. Preguntá siempre si el porcentaje es más IVA.
  • El corredor cobra si la venta se hace gracias a su intervención. Si no hay venta, no hay comisión.
  • Solo un corredor matriculado en el CUCICBA puede cobrarte comisión: pedile el nombre y la matrícula, y buscalo en el Colegio.

Cuando vendés tu casa con una inmobiliaria, el corredor cobra una comisión: un porcentaje del precio. En la Ciudad de Buenos Aires la ley no fija ese porcentaje. Se pacta con el corredor y conviene que quede por escrito antes de empezar. Acá te contamos qué dice la ley, cuánto se está cobrando y qué mirar antes de firmar.

Qué dice la ley en la Ciudad

La regla es la Ley 2340, de corredores inmobiliarios. Para una venta, dice tres cosas:

  • La comisión se pacta libremente entre vos y el corredor. Para las ventas no hay tope: el único tope de esa ley es para los alquileres de vivienda.
  • Solo un corredor inmobiliario matriculado en el CUCICBA puede intermediar. Quien no tiene matrícula, o la tiene suspendida, no tiene derecho a cobrarte nada.
  • El corredor te puede pedir una autorización de venta por escrito, con el plazo, el precio, la exclusividad y la comisión.

Si no se firmó nada sobre la comisión, el Código Civil y Comercial dice que corresponde la que se usa en el lugar y, si no hay una, la fija un juez. Mejor no llegar a eso.

Cuánto se cobra en la práctica

Como no hay un porcentaje fijo, las notas de prensa dan cifras distintas:

FuenteVendedorComprador
La Nación, diciembre de 20253% más IVA4%
La Nación, actualizada en marzo de 20261% o 2% más IVAEntre 3% y 4%
Terres, plataforma de terrenos (iProUP, mayo de 2026)3%Entre 4% y 5%

Y se negocia. En la nota de diciembre de 2025, la presidenta del CUCICBA contó que a menudo las inmobiliarias tienen que bajar su comisión para cerrar una venta.

La comisión se calcula sobre el precio de venta. Si tu terreno se vende en 400 mil dólares, un 3% son 12 mil dólares. Cómo se llega a ese precio lo explicamos en Cuánto vale tu terreno y cómo se calcula.

La comisión sale del precio: mirá cuánto vale tu terreno

¿La comisión lleva IVA?

Puede llevarlo. La ley del IVA incluye los servicios de intermediación inmobiliaria. Si el corredor o la inmobiliaria están inscriptos en el IVA, a la comisión se le suma el 21%. Si el corredor es monotributista, no.

Por ejemplo, un 3% más IVA sobre 400 mil dólares son 14.520 dólares, no 12 mil. Cuando te digan un porcentaje, preguntá si es más IVA y pedí que quede escrito.

Si el comprador es una desarrolladora

Las reglas son las mismas. Si interviene un solo corredor, por ley le deben comisión las dos partes, salvo que se pacte otra cosa: vos pagás la tuya y la desarrolladora, la suya. Si la desarrolladora viene con su propio corredor, cada parte le paga al suyo.

La comisión del lado comprador la negocia y la paga la desarrolladora. A vos te toca negociar la tuya. Como referencia, Terres informó que les cobra a las desarrolladoras entre el 4% y el 5%, según el lote y la operación.

Si la oferta es un canje, acordá sobre qué valor se calcula tu comisión y cómo se paga. Los departamentos los recibís cuando termina la obra, y la comisión puede vencer mucho antes.

Cuándo se paga

Para el Código Civil y Comercial, el corredor gana la comisión cuando la venta se cierra gracias a su trabajo. Si no hay venta, no hay comisión. Una vez cerrada, se sigue debiendo aunque después el comprador no cumpla o la venta se deshaga. No se debe, en cambio, si la venta quedó sujeta a una condición que no se cumplió: por ejemplo, si el boleto decía que dependía de una aprobación y esa aprobación no llegó.

En la práctica, en la Ciudad se suele cobrar antes de la escritura. Puede pactarse para la firma del boleto o para la escritura. Si preferís pagarla recién al escriturar, pedí que la autorización lo diga.

Qué tiene que decir la autorización de venta

Antes de firmarla, fijate que diga:

  • El porcentaje y que se calcula sobre el precio de venta.
  • Si es más IVA o con el IVA incluido.
  • Quién paga qué: cuánto vos y cuánto el comprador.
  • Cuándo se paga: en el boleto o en la escritura, y qué pasa si la venta se cae.
  • Si hay canje, sobre qué valor se calcula y cómo se paga.
  • El plazo, con fecha de fin, si hay exclusividad y qué pasa si vendés por otro lado.
  • Si hay gastos o multas. En principio, el corredor no te puede cobrar gastos que no pactaron. Pero si cancelás la autorización antes de tiempo sin culpa suya, la ley de la Ciudad le permite pedirte lo que gastó.
  • El nombre y la matrícula del corredor.

Qué más mirar antes de firmar lo contamos en Cómo vender tu casa a una desarrolladora.

Cómo verificar que el corredor esté matriculado

  1. Pedile el nombre y el número de matrícula. La ley lo obliga a ponerlo en todo lo que firma. Si es una empresa, tiene que figurar la matrícula de su corredor responsable.
  2. Buscalo en la Guía de Matriculados del CUCICBA, por nombre, apellido o número de matrícula.
  3. Si no aparece, consultá al Colegio. Avisa que su listado puede estar incompleto mientras cambia de sistema. Escribí a info@colegioinmobiliario.org.ar.

El Colegio también publica una lista de inmobiliarias ilegales.

¿Va a cambiar la ley?

En julio de 2026 se conoció el borrador de un proyecto del Gobierno nacional para cambiar las reglas de los corredores: saca la obligación de tener matrícula y elimina los mínimos y los topes que se les pueden poner a las comisiones. En agosto, el Gobierno dejó de lado la idea de mandar todos sus cambios juntos, priorizó otra reforma y esta parte quedó sin fecha para el Congreso. A mediados de octubre seguía igual: sin fecha para tratarse y con los requisitos de hoy vigentes.

Mientras no cambie, en la Ciudad sigue rigiendo la Ley 2340: solo un corredor matriculado puede cobrar comisión.

Cómo lo hacemos en Lotea

En Lotea vende un corredor matriculado en el CUCICBA, con su nombre y su matrícula a la vista. La autorización es corta: 60 días, sin multa si no aparecen ofertas. Y la comisión se pacta por escrito, antes de que firmes.

Fuentes: Ley 2340 de la Ciudad, Código Civil y Comercial, Ley de IVA, Ley 24.977 de monotributo, CUCICBA: Guía de Matriculados, La Nación: qué porcentaje calcular si vendés para comprar otra propiedad, La Nación: qué paga cada parte en una escritura, Infobae: qué dice el borrador de la Ley de Desregulación, El Cronista: la Mesa Política y el paquete desregulador, El Cronista: el estado del proyecto en octubre de 2026 e iProUP sobre la plataforma Terres.

Esta guía es para orientarte y no reemplaza el consejo de un escribano, un abogado o un contador para tu caso. Si ves algo desactualizado, escribinos.

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